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Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015) · Título II · Capítulos I a X · Régimen General: campo de aplicación, cotización, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor y riesgos

Según el artículo 137 de la LGSS, NO dan lugar a inclusión en el Régimen General los trabajos que se ejecuten ocasionalmente mediante: