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Ley 35/2006 del IRPF · Títulos XI a XIII · Gestión del impuesto, responsabilidad patrimonial, régimen sancionador y orden jurisdiccional

Según el artículo 96 de la Ley 35/2006, no tienen obligación de declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de: