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Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial (LOPJ) · Libro VI · De los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y de otro personal

Según el artículo 470.2 de la LOPJ, los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia regulados en el Libro VI tienen el carácter de: